Sobre las candidaturas en las internas

Internas de 2019. Tras una intensa campaña de expectativa en los medios un desconocido empresario irrumpió en la escena política con ánimo de ser precandidato en filas del Partido Nacional. A los pocos meses Juan Sartori sorprendió obteniendo el segundo lugar en la interna partidaria. En esas mismas elecciones, pero en el Partido Colorado, José Gervasio González se inscribió como precandidato a último momento. No tuvo tiempo de imprimir y repartir las listas por hacer todo eso solo y a mano (sic). Obtuvo tres votos, un record absoluto.

Céditos foto: Estefanía Leal

Este contrapunto[1], es muy útil para analizar la preocupación actual en la interna colorada por las reglas que tiene el partido para habilitar a los precandidatos que compiten en junio. Según consigna una nota en Búsqueda en el Partido Colorado proponen que haya exigencias para presentar precandidaturas. “Hay que regular eso, el sistema hoy es demasiado abierto” dijo el Prosecretario del partido Gustavo Osta a este medio.

Este tema trasciende a un partido y es saludable aprovechar la atención para ponerlo en análisis. Es algo que en circunstancias normales va de suyo. Las reglas para la selección de los posibles candidatos que van a representar a un partido deben dar ciertas garantías. Más en el contexto actual donde hablamos del blindaje de la política respecto a intereses espurios. Sin perjuicio del capítulo sobre el financiamiento de los partidos, es deseable que los propios partidos tengan mecanismos que blinden los procesos de nominación, al menos para las precandidaturas presidenciales.

Este diferendo que se manifiesta a la interna de un partido se puede analizar en dos niveles. Por un lado, la definición de las reglas para establecer el ganador de la interna. Es decir, establecer el criterio de mayoría para proclamar un ganador según el resultado de la interna. La única donde la Constitución establece el ganador es para el caso donde un precandidato alcance el 40% de los votos y un umbral de 10% de ventaja sobre el segundo.  

Pero en un segundo nivel, y aquí viene lo preocupante, -no solo para el PC sino también para el PN- son los requisitos para poder postularse como precandidato. El sistema que hoy tienen los partidos tradicionales es extremadamente abierto. Más allá de que después de la postulación hay que pasar por el tamiz de los comicios, y en definitiva,  es el electorado de la interna el que define los candidatos, la realidad es que la oferta de candidatos está librada a cualquier persona o grupo que tenga interés en influenciar en la misma. En general tiende a suceder que compiten personas de reconocida trayectoria dentro de sus partidos, pero nada impide que mañana se postule un candidato/a con otro tipo de intereses extrapartidarios, con el respaldo de una agrupación. Ese es el problema que advierten (tarde) los colorados.

Este tipo de debates estatutarios son necesarios para la salud de los partidos, pero debería haberse planteado en algún momento de los últimos cuatro años. Hacerlo ahora da la idea de que hay cierta suspicacia en el planteo. La razón es evidente. A esta altura es inevitable no manejar nombres e inferir intereses electorales detrás de cada argumento. Pero haciendo el ejercicio de abstraer el debate hay que preguntarse: ¿Qué pasa si determinado interés extrapartidario, que puede ser corporativo, religioso o del narcotráfico, decide interferir de forma directa con un precandidato en una interna?

No hay un blindaje. Hoy lo pueden hacer sin mayores dificultades. A su vez, la no aprobación de una ley de financiamiento de partidos es más que funcional a estos efectos. En tiempos donde además, se acentúa una hiper personalización de la política, se puede quedar a merced del flujo de dinero y de una buena agencia de publicidad.

En cierto modo, me recuerda la obra La Apelación del celebérrimo autor de best-sellers John Grisham. En este libro desde el punto de vista jurídico aborda un tema recurrente como lo es la selección de candidatos, en esta oportunidad, jueces de tribunales en Estados Unidos. Tras una millonaria condena de indemnización, una poderosa compañía decide ir más allá de su estrategia de defensa y no solo recurre a la apelación, sino que promueve a “su” propio candidato aprovechando que los jueces del tribunal de apelaciones se eligen por votación popular.                

Este extremo meramente ilustrativo, sirve al ejercicio de pensar escenarios que son probables dadas determinadas reglas y que pueden llegar a ocurrir a futuro, pasando desapercibido para el público en general. El otro extremo, el de hacer muy selectivo la nominación, tampoco es deseable. Dejaría la nominación de precandidatos muy cerca de lo que llamamos acuerdos de cúpula, como ha sido históricamente. Se debería buscar, quizás, un punto intermedio.

No hay que ir muy lejos para ver un mecanismo alternativo. Esto no podría ocurrir, o al menos sería mucho más dificultoso, implantarlo en el Frente Amplio. Esto porque, entre otras exigencias para las agrupaciones y miembros de órganos, el Estatuto define un proceso muy exigente para la elección de candidatos comunes a la presidencia, donde se requieren mayorías especiales a nivel del Plenario Nacional (4/5 de los votos) y posteriormente del Congreso (2/3 de sus miembros), además de la acreditación de cierta trayectoria orgánica que suele exigir el paladar de los frenteamplistas.

El destiempo en este tema es evidente. Pero resulta clave que en algún momento el tema sea abordado con seriedad para evitar futuros dolores de cabeza.

Por Mag. Alejandro Guedes


[1] Este contrapunto fue mencionado por el politólogo Diego Luján en su artículo “Oferta electoral y elecciones presidenciales en Uruguay 2019” en el libro De la estabilidad al equilibrio inestable : elecciones y comportamiento electoral en Uruguay 2019 (2021)

Deja un comentario